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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 482
LETRAS DE CAMBIO, EFECTOS DE LA CLAUSULA "SIN RESPONSABILIDAD", EN LOS ENDOSOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 482
La circunstancia de que en los endosos de unas letras de cambio se ponga la nota "sin nuestra responsabilidad", no es prueba de que los endosos, de las letras hayan sido simulados. La Ley de Títulos y Operaciones de Crédito autoriza esa clase de endosos, seguramente porque se considera que, si el crédito existe y lo constituye un documento autónomo, ningún perjuicio le acarreará al endosatario y mucho menos al aceptante o girado deudor, quien con pagar y recoger el documento de crédito a su cargo, queda exonerado de toda obligación, sin que en ello tenga relevancia alguna a cláusula "sin responsabilidad", puesta en un endoso.
Precedentes
Amparo directo 388/56. Javier Gallegos. 28 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.