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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 13
ARRENDAMIENTOS CONGELADOS. LIBRE ELECCION DEL ARRENDADOR CUANDO TENGA NECESIDAD DE HABITAR UNA DE LAS CASAS ARRENDADAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 13
El derecho que da la ley a los propietarios de pedir la desocupación de un local arrendado, por necesidad de habitarlo, les confiere también la facultad de demandar aquél que satisfaga sus propias necesidades, quedando por tanto a su elección solicitar la desocupación del que estimen conveniente, cuando fueren varios los locales de su propiedad, ya que, de aceptarse la pretensión de los inquilinos en el sentido de que sea cualquier otro el local elegido y no precisamente el del demandado, equivaldría a hacer nugatorios los derechos que el Decreto de 24 de diciembre de 1948 concedió a los propietarios, toda vez que cada uno de los demás inquilinos al ser demandados, podrían alegar lo mismo.
Precedentes
Amparo directo 117/56. Enrique Amparan. 4 de enero de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Gabriel García Rojas. Ponente: Gilberto Valenzuela.