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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 111
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE, PARA HABITAR LA FINCA EL DUEÑO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 111
De los términos del segundo párrafo del artículo 2485 del Código Civil del Estado de México, se deduce que basta la simple manifestación del propietario, de que es su propósito habitar la casa arrendada, para que se le considere exceptuado de la obligación de otorgar la prórroga a que el propio precepto se refiere.
Precedentes
Amparo directo 2572/56. Pedro Galicia. 14 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.