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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 133
PRUEBA CONFESIONAL, VALOR DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 133
La regla general es de que la confesión, por recaer sobre hechos propios del absolvente, hace prueba plena en todo lo que le perjudica, ya se trate de la confesión expresa o de la ficta, con las únicas salvedades que consigna la ley.
Precedentes
Amparo directo 5995/55. Fidelia Rosete de Román. 18 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.