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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 182
PERSONALIDAD, INOPERANCIA EN EL AMPARO DE LAS OBJECIONES A LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 182
Siendo la buena fe base inspiradora de nuestro derecho, debe serlo, por tanto, del comportamiento de las partes en todas sus relaciones jurídicas y en todos los actos del proceso en que intervengan, de donde resulta que si el demandado, al afirmar el contrato de arrendamiento, base de la acción, no exige que la actora le acredite tener la representación de sus hijos con que se ostenta, es claro que no tiene por qué venir ahora el demandado, en el juicio de amparo, sin faltar a dicho principio de la buena fe, a pretender que se desconozca tal personalidad.
Precedentes
Amparo directo 3430/56. Otto Munster. 25 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.