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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 329
LETRAS DE CAMBIO, REQUISITOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 329
La falta de la huella digital del girador no invalida la letra de cambio, porque no es un requisito que exija el artículo 86 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, pues sólo establece que cuando el girador no sabe o no pueda escribir, firmará a su ruego otra persona en fe de lo cual firmará un corredor público titulado, un notario o cualquier otro funcionario que tenga fe pública.
Precedentes
Amparo directo 894/56. Sofía Centeno viuda de García. 9 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.