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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 355
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 355
Las injurias graves, para constituir la causal de divorcio, deben consistir en injurias insuperables, esto es, que por su suma gravedad sean capaces de dejar en el ofendido, tal resentimiento y separación espiritual respecto a su consorte, que verdaderamente hagan imposible entre ellos la vida en común.
Precedentes
Amparo directo 3311/56. Beatríz Mary Bingham Grossman de Ugarte. 13 de febrero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.