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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 603
COSA JUZGADA, IMPROCEDENCIA DE LA EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 603
No procede esta excepción cuando no hay identidad de la causa petendi, si se dedujo acción de condena ante los tribunales extranjeros a título de heredero por mitad, apoyándose en el testamento de la de cujus, y en cambio el ahora tercero después funda su acción declarativa en su carácter de heredero único, con base en el testamento revocatorio del anterior, aunque hay identidad de sujetos porque se trata en ambos litigios de las mismas personas físicas, sin embargo, no se guarda en los dos juicios la misma calidad, y basta enunciar estas dos discrepancias para que no proceda la excepción de que se trata, pues es suficiente que no coincida un elemento para que las acciones se individualicen y para que la sentencia de segunda instancia de los tribunales no produzca la cosa juzgada en el juicio.
Precedentes
Amparo directo 6859/55. Leopoldo Ricardo Gavito Bourlon. 15 de marzo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Ponente: José Castro Estrada.