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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 338998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 650
AVERIGUACIONES PENALES. SU VALOR EN JUICIOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 650
La declaración rendida en averiguación penal, no puede tener consecuencias ni efecto de prueba plena de actuación judicial ni de confesión en el juicio de rescisión de un contrato y al dársela así, se infringe el artículo 413 del Código de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo directo 4611/56. Julio Salazar Luarca. 16 de marzo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.