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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 777
SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 777
No es obstáculo que en los autos no conste el documento relativo al subarriendo o traspaso, pues basta que los demás hechos los revelen, toda vez que el artículo 423 del Código de Procedimientos Civiles faculta al juzgador para apreciar en justicia el valor de las presunciones humanas.
Precedentes
Amparo directo 2784/56. Felipe G. Treviño. 29 de marzo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.