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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 94
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 94
La existencia de un acuerdo entre los cónyuges para vivir separados, justifica la separación que del domicilio conyugal haga la esposa, y como consecuencia, esta separación no es apta para integrar la causal de divorcio a que se contrae la fracción VII del artículo 141 del Código Civil del Estado de Veracruz.
Precedentes
Amparo directo 4189/55. Ofelia Torres Munguía de Aquino y coagraviado. 4 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: Esta tesis integra la jurisprudencia 198, Tercera Sala, Novena Parte del Apéndice 1917-1985, página 302.