Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/339054
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 213
DOMICILIO CONYUGAL, UBICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 213
Aun cuando el esposo se aleje del domicilio conyugal para ir a trabajar a otro ciudad, el hecho de que le mande a su esposa lo necesario para sus gastos implica su consentimiento de que ese domicilio conyugal siga establecido, tanto mas si no demuestra su propósito de constituir su domicilio en la ciudad a que se trasladó, pues en caso de haber tenido el ánimo de residir en ella, debe probar de manera indubitable que lo hizo del conocimiento de su esposa y la requirió para que se fuera a vivir a su lado.
Precedentes
Amparo directo 1187/56. Policarpo Cerda Montelongo. 11 de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: Esta tesis también aparece en: Apéndice 1917-1985, Novena Parte, página 321. (Como tesis relacionada con la jurisprudencia 205).