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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339066
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 279
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 279
El hecho de que se haya promovido juicio de desahucio y en éste el demandado haya pagado las rentas debidas y el actor las haya recibido, no incapacita a éste para promover la rescisión del contrato de arrendamiento relativo, fundándose en los mismos hechos en que se basó el desahucio.
Precedentes
Amparo directo 1930/56. Josefina Guijarro Cruz. 19 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.