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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 362
DEMANDA DE AMPARO, DEFICIENCIAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 362
Ha sido propósito constante de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia no sobreseer por deficiencias de la demanda de amparo sino en los casos extremos, en que hay carencia total de conceptos de violación, a fin de no denegar justicia a los quejosos por motivos meramente formales.
Precedentes
Amparo directo 148/56. Bibiano Puente Rodríguez. La publicación no menciona la fecha de resolución. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Disidente: Gabriel García Rojas.