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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 507
COSTAS, CONDENA EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 507
Procede la condenación en costas a cargo del vencido, cuando las dos sentencias son conformes de toda conformidad en su parte resolutiva; lo que pone de manifiesto que debe ser condenada a las costas la parte que pierde en el litigio, es decir, aquella parte que no obtiene sentencia favorable, puesto que se trata de una sanción que la ley impone a quien, sin derecho, obliga a otro a intervenir como parte en un proceso que le ocasiona daños, los cuales, y es éste el objeto de la sanción, deben ser indemnizados.
Precedentes
Amparo directo 5657/55. Guillermo Castillo Nájera. 15 de noviembre de 1956. Cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.