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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 523
DIVORCIO, CAUSALES DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 523
Ninguna demanda de divorcio puede prosperar si en ella no se expresan los hechos constitutivos de las causales invocadas, a afecto de que la demandada pueda preparar su defensa y no quede inaudita con notoria conculcación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo directo 3354/56. Margarito Santillán Hernández. 16 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: Esta tesis también aparece en: Apéndice 1917-1985, Novena Parte, página 334 (Como tesis relacionada con la jurisprudencia 211).