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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 637
COMPRAVENTA A PLAZOS, BAJO FORMA DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 637
Legalmente no hay inconveniente en que la compraventa a plazos coexista con el arrendamiento, puesto que según el artículo 2312 del Código Civil, puede pactarse válidamente, que el vendedor se reserve la propiedad de la cosa vendida, hasta que su precio haya sido pagado; sin embargo, dispone el artículo 2315 que precisamente la anterior venta, mientras no pase la propiedad de la cosa al comprador, si éste la recibe será considerado como arrendatario de la misma.
Precedentes
Amparo directo 6090/55. Ignacio García González. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de diciembre de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: Esta tesis también aparece en: Apéndice 1917-1985, Cuarta Parte, página 241 (Como tesis relacionada con la jurisprudencia 91).