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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 689
HECHOS ALEGADOS EN LA DEMANDA Y NO PROBADOS, NO CONSTITUYEN ACUSACION CALUMNIOSA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 689
No puede decirse que el ejercicio de un derecho como el de acudir ante los tribunales en demanda de justicia, cuando no se rindan pruebas sobre todos los hechos aducidos como en el caso en que la esposa se concreta a probar el abandono de los deberes legales de su marido respecto de ella y de sus hijos, constituya una acusación calumniosa porque el legislador civil ha previsto la situación del litigante, actor o demandado, que no rinda ninguna prueba para justificar sus acciones o excepciones, disponiendo que en tal caso debe condenársele en costas.
Precedentes
Amparo directo 1230/56. Gordon Víctor Gosset Uribe. 6 de diciembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: Esta tesis también aparece en: Apéndice 1917-1985, Novena Parte, página 324 (Como tesis relacionada con la jurisprudencia 206).