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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 693
INFORMACIONES AD-PERPETUAM. SU VALOR PROBATORIO EN MATERIA PRESCRIPCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 693
Aun cuando las constancias relativas a las diligencias de información ad perpetuam establecen una presunción de la posesión, no bastan para probar que se trata de una posesión útil para la prescripción, porque las declaraciones de las personas que en ellas intervienen, no engendran, en manera alguna los efectos de la prueba testimonial por no satisfacer las garantías de publicidad y protección del derecho de contradicción reconocido a las partes por las normas que regulan la recepción de la prueba en el juicio. La eficacia jurídica de las diligencias de información ad perpetuam promovidas en jurisdicción voluntaria con objeto de constituir un título de dominio, está condicionada a que no haya mejores derechos de tercera persona, puesto que se reciben sin perjuicio de terceros y la resolución que en dicho procedimiento se pronuncia carece de la autoridad de cosa juzgada inherente a la sentencia.
Precedentes
Amparo directo 2866/56. Ramón Ricoy Toledo y coagraviado. 6 de diciembre de 1956. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis también aparece en: Apéndice 1917-1985, Cuarta Parte, página 484 (Como tesis relacionada con la jurisprudencia 161).