Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/339138
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 18
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 18
El monto de la contra garantía ha de abarcar tanto el aspecto de daños como el de perjuicios, es decir, el de la posible pérdida o menoscabo y el de la privación de ganancia lícita patrimoniales, respectivamente, ya que de lo contrario, dado el caso, dicha contra garantía resultaría ilusoria e insuficiente para el efecto.
Precedentes
Queja 255/55. Corporación Continental, S. A. 2 de julio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.