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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 49
EQUIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 49
Si bien es cierto que los tribunales, de acuerdo con la equidad, deben decidir una controversia a favor del que trate de evitarse perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro, también lo es que, por disposición expresa de nuestra ley, tal proceder debe observarse sólo a falta de texto legal expreso que sea aplicable.
Precedentes
Amparo directo 474/56. Ernesto Chon Juan. 5 de julio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.