Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/339176
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 299
POSESION APTA PARA PRESCRIBIR (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 299
Para que la posesión de mala fe llegue a consumar la prescripción positiva, se requiere demostrar la causa por la que se obtuvo esa posesión y el juzgador pueda determinar así si es originaria, o sea, en concepto de propietario. Además, en derecho existen varias calidades de la posesión derivada, según indica el artículo 791 del Código Civil del Estado de Coahuila; de manera que no basta poseer una cosa afirmando que es en el concepto subjetivo de propietario, sino que para que exista usucapión, se repite, es necesario demostrar el acto o el hecho que la engendró, inclusive también para poder computar el tiempo de aquella, independientemente que tal hecho o acto sea de buena o de mala fe.
Precedentes
Amparo directo 5939/55. José Daniel García. 27 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.