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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339185
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 335
ARRENDAMIENTO. REVALUACION DEL BIEN ARRENDADO (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 335
Cuando en el juicio de revaluación se pida tanto la revaluación como la renta que resulte de ella, la sentencia debe decidir sobre el otorgamiento del contrato de arrendamiento en las mismas condiciones que el anterior, salvo el monto de la renta, que deberá fijarse de conformidad con el resultado de peritaje respectivo; sin que sea necesaria la tramitación de un juicio posterior en el que se oiga al demandado sobre dicha cuestión, porque además de que la consecuencia lógica del reavalúo, es la fijación de la nueva renta, ésta se comprende dentro del espíritu que informa dicha ley.
Precedentes
Amparo directo 440/56. Heriberta Domínguez Espinosa. 30 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.