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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339206
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 445
ARRENDAMIENTO. REAVALUO FISCAL AUTORIZADO POR LA LEY INQUILINARIA DE VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 445
En el juicio de reavalúo fiscal de una finca, con la tramitación señalada para los incidentes, que se establece en los artículos 2o. y 3o., de la Ley de Inquilinato vigente en el Estado de Veracruz, puede exigirse tanto la revaluación como la modificación de la renta del contrato de arrendamiento con la fijación de la renta que resulte concordante con el nuevo avalúo y la sentencia que se produzca debe decidir tanto sobre la revaluación, como sobre el nuevo monto de la renta y el otorgamiento del contrato de arrendamiento con las mismas condiciones del anterior, salvo la renta que deberá fijarse de conformidad con el resultado del peritaje respectivo, sin que sea necesario para esto último la tramitación de un juicio posterior, puesto que la consecuencia lógica del reavalúo es la fijación de la nueva renta, tal como se desprende del espíritu que informa a dicha ley. Además, no puede dejar de tenerse presente que el inquilino es oído en defensa en el juicio de referencia, para que en el mismo quede definido el derecho del propietario del inmueble para cobrar la nueva renta y la obligación del inquilino de pagarla, si desea continuar habitando la finca, o en libertad de desocuparla, si no le conviniera cubrirla.
Precedentes
Amparo directo 3114/55. Ana María Mirón. 9 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.