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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 460
PRUEBA TESTIMONIAL, VALORACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 460
Si en un juicio resultan encontradas, por contradecirse unas con otras, las declaraciones de dos grupos de testigos (el grupo del actor y el grupo del demandado) debe hacerse preponderar, en cuanto al crédito que legalmente hay que darles, las que se encuentren apoyadas por las demás constancias de autos.
Precedentes
Amparo directo 6096/55. Miguel Escobedo. 10 de agosto de 1956. Mayoría de tres votos. Ponente: Gabriel García Rojas.