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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 471
DIVORCIO, MALOS TRATOS COMO JUSTIFICACION DE ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 471
La confesión de un de los cónyuges, en el sentido de haber maltratado en determinada ocasión al otro, aún siendo aislada dicha confesión, sí es un elemento que sirve de base para presumir que el otro cónyuge era víctima de malo tratos y que tuvo justificación para abandonar el hogar, por lo cual puede afirmarse que no tiene aplicación en tal caso, la fracción VIII del artículo 267 del Código Civil del Distrito Federal como causa del divorcio.
Precedentes
Amparo directo 5719/55. Sofía Anduaga de Petrearce. 13 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.