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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 577
DIVORCIO, ACUSACION CALUMNIOSA COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 577
La interpretación de la fracción XIII del artículo 267 del Código Civil del Distrito Federal debe hacerse a la luz de las disposiciones que sobre el delito de calumnia se contienen en los artículos del 356 al 359 del Código Penal, a fin de que la autoridad civil determine, para los puros efectos civiles de la procedencia del divorcio, si la acusación fue hecha dolosamente, a sabiendas de que el acusado era inocente o de que el delito no se había cometido, o si, por el contrario, la parte acusadora tuvo causa bastante para incurrir en error.
Precedentes
Amparo directo 2310/56. Juan Gutiérrez Welsh. 22 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.