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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 597
INSPECCION JUDICIAL, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 597
Si bien es cierto que la sola inspección ocular es insuficiente para acreditar la posesión de un inmueble, porque tal prueba es de carácter transitorio y la posesión es permanente, tal principio no tiene aplicación si se encuentra fortalecida la inspección con la prueba presuntiva emanada de la escritura respectiva, máxime si la inspección se desahogó con asistencia de peritos y técnicos de ambas partes, quienes declararon y opinaron sobre diversas obras que son demostrativas de la posesión, materia del interdicto.
Precedentes
Amparo directo 6518/55. Víctor Manuel Pavón. 23 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.