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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339302
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 88
ALIMENTOS. OBLIGACION A PROPORCIONARLOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 88
El hecho de que la madre y su hija se vean obligadas a trabajar para proveer a su sostenimiento, no libera al esposo y padre, respectivamente, de la obligación que la ley impone de proporcionarles alimentos, cuando el hecho de que la madre y la hija trabajen es consecuencia del abandono de que han sido víctimas por parte del demandado.
Precedentes
Amparo directo 4560/55. Evaristo Robles Carmona. 6 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hilario Medina.