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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 227
PAGARE. LA MENCION DE SERLO ES UN REQUISTO INDISPENSABLE PARA LA CONSTITUCION DEL TITULO DE CREDITO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 227
La mención de ser "pagaré", es un requisito indispensable para la constitución del título de crédito de que se trata, conforme a los dispuesto por el artículo 170 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, que en lo conducente, expresa: "El pagaré debe contener: I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento". Es un requisito formal justificado por el propósito perseguido de volver más preciso el tenor del título y más segura su interpretación de acuerdo con su naturaleza eminentemente formal. De no entenderse en esta forma la cuestión, sin duda se introducirán graves perturbaciones en la circulación del título, puesto que cabrían inducciones lógicas allí donde el legislador quiso que la existencia del título mismo apareciera evidente de sólo texto; aparte de que se dificultaría su circulación. Se trata, por tanto, en lo que se refiere a la mención de ser pagaré que la ley establece, de un requisito verdaderamente sacramental, que, consiguientemente, niega toda posibilidad de substitución de la palabra por ninguna otra aunque sea equivalente.
Precedentes
Amparo directo 4445/55. Ismael Cervantes Gutiérrez. 29 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.