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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339368
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 340
ACLARACION DE SENTENCIA, NATURALEZA DE LA. AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 340
En ningún caso la aclaración de sentencia modifica la misma en lo substancial; su objeto es, como su nombre lo indica, solamente precisar y distinguir datos y conceptos esenciales ya establecidos en la resolución; pero de ninguna manera introducir otros nuevos de tal naturaleza. Por tanto, es inexacto que, de aclararse dicha sentencia, quede sin materia el amparo directo interpuesto contra la misma.
Precedentes
Queja 2/56. Juan Antonio Rubio. 7 de mayo de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.