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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
339369
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 355

OBLIGACIONES RECIPROCAS, RESOLUCION DE LAS, POR INCUMPLIMIENTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 355

Precedentes

Amparo directo 5827/55. María Douglas de Salceda. 10 de mayo de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Registro digital (IUS): 339369