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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 219
SUSPENSION, CONSERVACION DE LA MATERIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 219
Cuando está aún en vía de cumplimiento la sentencia que constituye el acto reclamado en un juicio de amparo, como el objeto de la suspensión es conservar las cosas en el estado en que se encuentran hasta la terminación del juicio de garantías, es claro que la suspensión no ha quedado sin materia, porque el fallo no ha sido ejecutado.
Precedentes
Queja 177/55. Martín Aguilar Valencia. 16 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 843, como tesis relacionada con la jurisprudencia 295.