Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/339466
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 221
TESTIGOS, ANTECEDENTES PENALES DE QUIENES DECLARAN COMO. VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 221
Los antecedentes penales de un testigo no le restan habilidad para declarar en juicio sobre los hechos que le consten, supuesto que no demuestran que haya sido condenado judicialmente por algún delito y por tanto, debe tenerse como digno de fe.
Precedentes
Amparo directo 4527/55. Luis Pablo Díaz Robles. 16 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 873, como tesis relacionada con la jurisprudencia 308.