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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 222
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 222
Si no se expresa en la demanda de divorcio en qué consistieron las injurias graves, requisito indispensable tanto para que el demandado pueda defenderse, como para que el Juez califique su gravedad, no resulta posible relacionar el resultado de la prueba, con los hechos fundatorios de la acción.
Precedentes
Amparo directo 2144/55. Mercedes del Río de Alvarado. 16 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.