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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339477
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 271
QUEJA IMPROCEDENTE, POR FALTA DE LEGITIMACION DE QUIEN LA INTERPONE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 271
Si quien interpone el recurso de queja no justifica tener alguna personalidad con relación a la queja cuya ejecutoria de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia cumplimentó un Juez, ni que la misma le agravie por algún concepto, no apareciendo tampoco que hubiere sido parte en el asunto a que se refiere, la queja interpuesta es improcedente.
Precedentes
Queja 201/55. Fernando Lazo Gálvez. 23 de enero de 1956. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.