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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 357
PRUEBA CONFESIONAL EN MATERIA MERCANTIL, DESAHOGO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 357
Tratándose de materia mercantil, una vez concluido el término de prueba, se publican las probanzas y se presentan los alegatos, haciéndose después citación para sentencia, y es en este momento cuando se debe pedir que se desahogue la prueba confesional y, si no se hace, no está obligado el Juez oficiosamente a mandar practicarla.
Precedentes
Amparo directo 3361/55. Jaime Ruiz Vázquez. 1º de febrero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 285, como tesis relacionada con la jurisprudencia 103.