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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 396
ACCION REIVINDICATORIA. UNA INFORMACION AD PERPETUAM, POR SI SOLA ES INEFICAZ PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 396
Quien ejercita la acción reivindicatoria debe acreditar, en primer término, que es propietario del inmueble materia de la reivindicación, y acreditarlo en forma plena. La prueba anterior no puede obtenerse merced solo a una información ad perpetuam, ya que ésta, por su naturaleza, es incapaz de surtir efectos contra tercero.
Precedentes
Amparo directo 4474/54. Sotero Piña. 2 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Hilario Medina.