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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
339535
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 636

ACCION REDHIBITORIA. ES DE RESCISION Y NO DE NULIDAD (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 636

Precedentes

Amparo directo 4280/55. Ramón Rivera Farías. 13 de febrero de 1956. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas y Gilberto Valenzuela. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 339535