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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 687
CONCEPTOS DE VIOLACION DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 687
Si se está frente a impugnaciones abstractas del quejoso, que no proporcionan los elementos indispensables para su análisis, es sabido que la Suprema Corte de Justicia, dentro del régimen jurídico del juicio de amparo, se halla imposibilitada de realizar un examen general del acto reclamado, cuando no se precisan los conceptos de violación, pudiendo afirmarse que, en el sentido que se acaba de precisar, no está permitido suplir la deficiencia de la queja.
Precedentes
Amparo directo 3035/54. Víctor Mazutti de la Langa. 20 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.