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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 950
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE OPOSICION DEL ARRENDADOR (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 950
La oposición del arrendador para que el arrendatario continúe en el uso de la cosa arrendada, se manifiesta con el aviso de dar por terminado el contrato de arrendamiento, y la circunstancia de no haber demandado precisamente a los dos meses a que se refiere el artículo 2478 del Código Civil del Distrito Federal (vigente en el Estado de Baja California), no implica una autorización expresa o tácita, ya que la ley establece dicho término en beneficio de los inquilinos, y no les causa ningún perjuicio que el plazo de hecho resulte mayor.
Precedentes
Amparo directo 3069/55. Praxedis Vidal de Cid y coagraviados. 15 de marzo de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.