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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 53
EMBARGO, DILIGENCIA DE, EFECTUADA POR CANTIDAD MAYOR A LA SEÑALADA EN EL AUTO DE EJECUCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 53
Habiéndose producido los elementos en que se apoya el procedimiento característico del juicio ejecutivo mercantil, la circunstancia de que el actuario, excediendo la orden del Juez, haga el embargo por cantidad mayor de la que señala el auto de ejecución, hace irregular la diligencia, pero no desvirtúa tales presupuestos, pues dicho exceso es fácilmente reparable, con sólo limitar las consecuencias de la ejecución a la cantidad por la que fue autorizada.
Precedentes
Amparo directo 1774/55. Severo Baños Pérez. 5 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 399, como tesis relacionada con la jurisprudencia 136.