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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 71
ACCION PROBADA. LIMITES DE LA CONDENA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 71
Es impropio considerar que la declaración de la autoridad responsable en el sentido de que el actor probó su acción, significa necesariamente que deba condenarse a la demandada al pago íntegro de las cantidades que se le reclaman, ya que la condena debe limitarse a las prestaciones que, exigidas por el actor, se acrediten en autos.
Precedentes
Amparo directo 3334/54. Guillermo Martínez Quintero. 5 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.