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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 496
EXCEPCION DE TERCERO CONTRA SENTENCIA FIRME (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 496
El artículo 93 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, se refiere a la excepción que se concede a un tercero contra la ejecución de la sentencia dictada por los tribunales de la propia entidad en donde la excepción se presenta.
Precedentes
Amparo directo 3846/53. Luis Lezama. 16 de noviembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.