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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 509
ACCION REIVINDICATORIA. NO ES PRESCRIPTIBLE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 509
La acción reivindicatoria no es prescriptible, pues la propiedad no se pierde por el solo transcurso del tiempo, sino por la usucapión, la expropiación u otra causa legal que transmite la cosa a favor de otro, con los requisitos y en los términos señalados por la ley.
Precedentes
Amparo directo 2801/55. J. Refugio Conejo sucesión. 17 de noviembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Hilario Medina.