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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 533
INTERDICTO DE OBRA NUEVA, EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 533
Si con la obra nueva efectuada por la demandada se produjo una invasión en el terreno de la actora, por virtud de la cual se originaron daños y pérdidas, el efecto del interdicto de obra nueva tiene que ser restituir las cosas al estado anterior; volviendo las cercas de alambre de la actora al lugar que tenían antes, demoliendo la nueva obra en la parte que invade el terreno de la misma, reparando los daños en las construcciones de ésta e indemnizándola de los daños y perjuicios causados por la pérdida de sus cosechas.
Precedentes
Amparo directo 3659/54. Angela Zúñiga. 23 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 489, como tesis relacionada con la jurisprudencia 163.