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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 546
COPROPIEDAD, DIVISION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 546
El desprendimiento de la mancomunidad es la consecuencia de una posible división de la copropiedad, pero la comprobación de esta posibilidad no es presupuesto legal para interponer la demanda, por dicho desprendimiento de la mancomunidad, ni la actora tiene que justificar previamente los extremos a que se refiere el artículo 940 del Código Civil del Estado de México porque el ejercicio de su acción se limita sólo a demostrar su derecho como copropietario.
Precedentes
Amparo directo 375/55. José Sánchez Cabrera. 24 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.