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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 555
LESION EN LOS CONTRATOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 555
El Código Civil del Estado de Jalisco sólo habla de la lesión en el artículo 2149 al decir que produce la nulidad relativa del contrato y en el 2151, según el cual la nulidad por lesión sólo puede invocarse por quien con ella resulte perjudicado, pero no se da en ese ordenamiento una definición que señale al juzgador los requisitos que la integran.
Precedentes
Amparo directo 4059/54. Francisco Villagrana Rizo. 24 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.