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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 582
DIVORCIO, CAUSALES DE. INJURIAS GRAVES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 582
Si el actor no precisó las palabras, ni los hechos constitutivos de las injurias graves que invocó como casual del divorcio, ni mencionó el tiempo y lugar en que ocurrieron y siendo inadmisible que con las pruebas se subsanen las omisiones de la demanda, ya que lo que la ley persigue es que no se ataque por sorpresa a la contraparte y que la contienda procesal se desenvuelva limpiamente, dando oportunidad al demandado de que, conociendo bien las imputaciones que se le hacen pueda preparar su contestación y defensa, no ha lugar a tener por acreditada la causal de divorcio por injurias graves.
Precedentes
Amparo directo 2971/53. Juan Newman Nilsson. 25 de noviembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.