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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
339790
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 748

DAÑOS Y PERJUICIOS, CONDENA AL PAGO DE. LA INDEMNIZACION SOLO PROCEDE CUANDO EL DAÑO SE HA PRODUCIDO SOBRE LAS PERSONAS (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 748

Precedentes

Amparo directo 1945/54. Miguel Gleason Alvarez y coagraviados. 5 de diciembre de 1955. Mayoría de tres votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Hilario Medina.
Registro digital (IUS): 339790